El nuevo impuesto sobre la inversión estrangera inmobiliaria en Andorra

El pasado 31 de octubre de 2023 se admitió a trámite parlamentario el proyecto de Ley del Impuesto sobre la Inversión Extranjera Inmobiliaria en el Principado de Andorra, con el propósito de aplicar un impuesto sobre las inversiones extranjeras que se produzcan sobre bienes inmuebles ubicados dentro de su territorio.

A principios de febrero de 2024, se aprobó el proyecto por parte del Consell General para implementar por primera vez este tipo de tributo sobre la inversión extranjera inmobiliaria que se lleve a cabo en el país.

¿Cuándo se generará este impuesto sobre Inversión Extranjera Inmobiliaria?

El hecho imponible se producirá cuando se adquieran inmuebles ubicados en el Principado de Andorra, se lleven a cabo promociones urbanísticas o inmobiliarias, concesiones administrativas o bien se participe en sociedades que tengan derechos sobre bienes Inmuebles.

¿A quién afecta el impuesto sobre inversión extranjera inmobiliaria?

Este nuevo impuesto afectará a diversos colectivos:

  • Personas físicas no residentes.
  • Personas jurídicas extranjeras (100%).
  • Personas jurídicas andorranas con al menos un 50% del capital social extranjero.
  • Personas físicas con menos de 3 años de residencia.
  • Personas jurídicas andorranas con participación extranjera en el capital social o de residentes con menos de 3 años de residencia, mas de un 5% i menos de un 50%.

¿Si estoy en algún grupo de los descritos anteriormente, cuanto es el tipo impositivo?

El tipo de gravamen es progresivo, y va en función de una serie de parámetros:

3%:

  • Inversión en la primera parcela para construir una vivienda unifamiliar.
  • 1 piso, apartamento o estudio.
  • 1 local comercial de máximo 250 m2.
  • 2 trasteros y 2 plazas de aparcamiento.

5%:

  • Segundo inmueble unifamiliar, segundo piso, apartamento o estudio.
  • Segundo local comercial de máximo 250 m2 (junto con 2 trasteros y 2 plazas de aparcamiento).
  • Máximo de 5 viviendas unifamiliares, pisos, apartamentos o locales comerciales de 250 m2 como máximo.
  • O un máximo de 10 plazas de aparcamiento.

8%:

  • Sexto inmueble unifamiliar, sexto piso, apartamento o local comercial de máximo 250 m2 (junto con 2 trasteros y 2 plazas de aparcamiento).
  • Máximo de 9 viviendas unifamiliares, pisos, apartamentos o locales comerciales de 250 m2 como máximo.
  • O un máximo de 18 plazas de aparcamiento.

10%:

  • Promociones urbanísticas o inmobiliarias.
  • Más de 1 parcela por vivienda unifamiliar.
  • Todos los demás casos distintos a los anteriores.

¿Qué determina la base de tributación?

La base de tributación se determina sobre el valor real de la inversión extranjera inmobiliaria. En las promociones urbanísticas o inmobiliarias la base será el valor real de la inversión formalizada. Existe una excepción en el caso de las personas jurídicas andorranas que tengan un % del capital extranjero (más de un 5% y menos de un 50%), en este caso, la base de tributación consistirá en el valor real de la inversión inmobiliaria llevada a cabo teniendo en cuenta la proporción del capital social extranjero que participe la persona jurídica extranjera.

¿Existe alguna bonificación o deducción?

La respuesta es sí, puesto que la ley contempla una bonificación fiscal del 90% en la cuota tributaria para aquellas inversiones destinadas al alquiler de viviendas en Andorra, siempre y cuando se destinen como residencia habitual y permanente durante al menos 10 años. En caso de incumplir con el supuesto anterior, se deberá devolver la bonificación aplicada y aplicar los intereses de demora correspondientes.

Los alquileres con opción a compra o los contratos de alquiler realizados entre partes vinculantes no tienen derecho a solicitar la deducción del impuesto.

El gobierno de Andorra estima que los ingresos generados por este nuevo impuesto para el año 2024 podrían oscilar entre los 10 y 12 millones de euros, según las inversiones extranjeras formalizadas en los últimos años.

A raíz del nacimiento de este nuevo impuesto, antes de llevar a cabo alguna inversión inmobiliaria en el Principado de Andorra, es importante estudiar cada caso para valorar las diferentes opciones y tratar de ser fiscalmente eficiente. En Summit Advisors contamos con profesionales en el sector que te asesoraran de la mejor manera.